24 de febrero de 2012

Ejemplos reales de aplicación de la reforma laboral

Encontrado en Laboro:

La reforma laboral del 11/2/2012 no es demasiado extensa en el nº de cambios pero sí es importantísima en la profundidad. Una reforma "extremadamente agresiva" como dijo el ministro de economía el día anterior a su aprobación. Sobre ella se podrían escribir muchos artículos bastantes extensos desde el punto de vista técnico. Algunos se han publicado en Laboro y muchos otros en la prensa, así que ya hay información técnica más que suficiente. Así que para finalizar, de momento, la serie de artículos sobre esta última reforma, se ha optado por poner una serie de ejemplos totalmente reales de distintas aplicaciones posibles del Estatuto de los Trabajadores tal y como ha quedado.

Más de uno está diciendo, con enorme acierto, que esta reforma no es más que haber dado categoría de legal a lo que antes hacían las empresas igualmente pero era ilegal. La legalidad no impresiona a un empresariete hispánico, como demuestra cada día al no facturar ni la mitad de lo que hace. Por tanto que ahora sea legal no quiere decir que estos ejemplos vayan a suceder más que antes y por ello no hay que asustarse en demasía. Que se asusten los empresarios que son los que más tienen que perder porque son los que más tienen. Duelen más las caídas desde más alto. Si deciden joder a su clientela... ellos verán.

Ejemplo. Art.52.d ET

Te podrán despedir con indemnización de 20d/año sólo por tener dos o más bajas que sumen al menos 9 días en los últimos dos meses, si ninguna de ellas supera los 21 días. Aunque la empresa gane millones de euros al año y tu ausencia no hubiera supuesto perjuicio alguno.

Ejemplo. Art.52.d ET

Igual que el anterior pero con dos o más bajas que sumen al menos 23 días en el último año si ninguna supera los 21 días.

Ejemplo. D.A.20ª ET

Si tienes plaza por oposición de personal laboral fijo de cualquier Administración Pública podrás ser despedido con indemnización de 20d/año y tope de 12 mensualidades por insuficiencia presupuestaria sobrevenida en 3 trimestres consecutivos.

Ejemplo. Art.39 ET

A un jefe de contabilidad le podrán poner de administrativo si ambas categorías fueran del mismo grupo profesional, que es lo más probable. Si no le reducen el salario no hay derecho a demanda de impugnación ni a extinción voluntaria del contrato con indemnización.

Ejemplo. Art.41 ET

Sin necesidad de que haya pérdidas, si existen razones probadas relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo:

· A un cocinero le podrán poner de camarero con salario de camarero.
· Al que cobre por encima de convenio le podrán bajar hasta el salario de convenio.
· A quien trabaje menos de 40h semanales le podrán subir hasta 40.
· A quien libre 2d por semana le podrán hacer librar 3d cada dos semanas.
· A cualquiera le podrán cambiar de horario o de turno.

Esto se lo podrán hacer a cualquier trabajador incluyendo los que tengan un contrato indefinido con 50 años de antigüedad anterior a la reforma. Sólo se podrá aceptar o bien impugnar en los juzgados y/o rescindir contrato con indemnización de 20d/año y tope de 9 mensualidades.

Ejemplo. Art.41 ET

Si un trabajador está cobrando 800€ en A y 400€ en B, la empresa podrá bajarle el A con el método anterior y subirle el B. El trabajador sigue cobrando lo mismo por lo que ni demandará ni extinguirá su contrato, pero la empresa pagará menos cotizaciones. Por tanto la SS tendrá menos ingresos y el trabajador cobrará menos de paro, bajas, jubilaciones…

Ejemplo. Art.41 ET

La empresa podrá aplicar a toda la plantilla una bajada colectiva de salarios y/o un aumento de jornada y cambio de horarios o turnos. Si lo firma Toñi la camarera, la delegada padefa que no distingue una nómina de una multa de la Guardia Civil, los afectados no podrán demandar contra el acuerdo, pero sí rescindir contrato cobrando indemnización de 20d/año con tope de 9 mensualidades.

Ejemplo. Art.55 ET

Te podrán despedir sin indemnización con sólo alegar causa disciplinaria aunque sea inventada. Si demandaras, la empresa tendría que demostrar la veracidad y gravedad de la causa. Casi seguro que sería declarado improcedente y para despedirte tendrían que pagarte la indemnización de 45 a 33d/año (el nº exacto depende de varias cosas), pero sin recargo porque han quitado los salarios de tramitación. Por tanto ¿para qué pagarla antes? Ya pagaremos cuando nos obligue una sentencia. De 1.000 demandarán 10 y 990 pondrán el culo.

Ejemplo. Art.4 RD 3/2012

Una empresa podrá forzar a un empleado con más de 3 años de antigüedad (derecho a más de 1 año de paro) a aceptar un despido improcedente sin cobrar la indemnización, con lo que se la queda el jefe en B porque el dinero sí que sale de la empresa. Luego trabajaría 3 meses cobrando paro y salario B a la vez. A los 3 meses le harían un contrato Rajoy por el cual la empresa se podrá desgravar el 50% del año de paro que le quedara al trabajador y tendrían bonificaciones de cotización durante 3 años.

Ejemplo. Art.4 RD 3/2012

Una empresa puede hacerle un contrato Rajoy a cualquier trabajador y tendrá despido 100% gratis y 100% libre durante el primer año. Cuando falte un día, le comunicarán que no ha pasado el período de prueba y le harán un nuevo contrato Rajoy al día siguiente. En el peor de los casos, cuando le despidan tras 18 contratos, el trabajador demandará y le pagarán la indemnización de despido improcedente, pero sin recargo como se explicó antes. Así que ¿para qué hacerle un contrato indefinido normal con indemnización? Le hacemos 18 contratos Rajoy y si demanda ya pagaremos cuando nos obliguen, pero no pagaremos más.

Ejemplo. Art.23.1.3 ET

Hay un nuevo permiso retribuido de 20h anuales para hacer cursos que pueden ser a distancia. Casi ningún trabajador lo usará contra la voluntad de la empresa, aunque pueda. Pero no faltarán trabajadores de administraciones y empresas públicas que verán claro que son 3 días libres más al año. Sólo tendrán que pagar a alguien para que les certifique que les han dado un curso a distancia y ya pueden irse a la playa. No se impide que este permiso se disfrute pegado a las vacaciones o a los moscosos. ¡Yuju!

Ejemplo. Art.86.3 ET 

Si tu convenio ya está caducado, como la mayoría, le queda de vida hasta el 12/2/2014. Si no se renueva antes tu convenio desaparecerá y a ti y a todos tus compañeros os podrán bajar al salario mínimo de 650€ mensuales.

Ejemplo. Arts.47 y 51 ET
Tu empresa se podrá autorizar un ERE a sí misma, tanto de despidos como de reducción como de suspensión. Ya no necesitan que se lo apruebe la autoridad laboral ni que se lo firme Toñi la camarera.

Ejemplo. Art.33.8 ET

Si tu empresa tiene menos de 25 trabajadores, el FOGASA le pagará 8 de los 20d/año de indemnización en despidos objetivos procedentes. Por tanto el coste real del despido objetivo será de 12d/año en la inmensa mayoría de empresas. Casi ningún trabajador demandará contra su despido porque ahora tienen menos que ganar al haberse suprimido los salarios de tramitación.


Sobre el nuevo contrato de formación no os preocupéis. No se lo van a hacer a nadie, igual que hasta ahora, porque es mucho "mejor" el contrato Rajoy y sobre todo es muy sencillo. DESDE HOY CONTRATO RAJOY. Quien no se lo crea... al tiempo.

Por supuesto que contra las acciones de ejemplo cabrían demandas en contra, porque la mayoría de ellas suponen fraude de ley y aunque no lo supongan, muchas de ellas tienen unos requisitos de fondo y de forma cuyo incumplimiento implicaría ganar la demanda. Afortunadamente, Manolo el del bar y Paco el del taller no saben hacer despidos, ni movilidades funcionales (¿lo cuálo? diría Manolo) ni menos aún convenios colectivos o un ERE. No saben hacer ni un contrato ni una nómina. Entonces Manolo y Paco se van a una asesoría y en la inmensa mayoría de ocasiones TODO el papeleo de vuestra relación laboral acabará en manos de la asesoría más barata que puedan encontrar: ¡tachán! la asesoría Pepe de turno. Lo harán todo mal. Llevan 25 años haciendo contratos temporales con causas ridículas y nóminas sin mirar los convenios, por lo que seguirán igual. No están al tanto de los requisitos que va añadiendo o matizando la jurisprudencia (¿la cuála? diría Paco). Ante cualquier movimiento hay que informarse y sobre todo, quizá lo más importante, grabad todas las "reuniones" que tengáis con vuestros jefes en las cuales os puedan comunicar cualquier tipo de cambio. En función de lo que digan la cagarán casi seguro, porque no tienen ni idea de normativa laboral. Es lo que tiene que se la hayan pasado por los c... durante toda su vida.

16 de febrero de 2012

Las empresas podrán comercializar datos personales sin pedir permiso

Encontrado en Expansión:

Fin a la batalla histórica entre la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y las empresas de comercio electrónico y de crédito. Una sentencia del Tribunal Supremo (TS) abre el mercado de datos personales para las empresas de ventas por Internet, para las que gestionan ficheros de morosos de banca y seguros o para las telecos y sus clientes.

La sentencia da luz verde a que las empresas utilicen datos personales sin el consentimiento de los particulares siempre que tengan un interés legítimo en este tratamiento y no prevalezcan los derechos de los particulares.

En una sentencia que se notifica hoy, a la que ha tenido acceso EXPANSIÓN, el Alto Tribunal adapta al ordenamiento español el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) del pasado 24 de noviembre, al que había planteado cuestión prejudicial, y anula el artículo 10.2 del Reglamento de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), que traspone el artículo 7 de la Directiva de protección de datos, relativo a los criterios que legitiman los tratamientos de datos.

En esta sentencia, el TS asume el fallo de Luxemburgo y dice que, como reza el citado artículo, el tratamiento de datos sin consentimiento es lícito "si es necesario para la satisfacción del interés legítimo perseguido por el responsable del tratamiento o por el tercero o terceros a los que comuniquen los datos y que no prevalezcan los derechos y libertades fundamentales del interesado".

La Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (Asnef) y la Federación de Comercio Electrónico y Márketing Directo (Fecemd) recurrieron el Reglamento de la LOPD. El Supremo, en tres sentencias de julio de 2010, anuló los artículos 11, 18, 38.1.a y 2 y 123.2. del Reglamento y elevó cuestión prejudicial al TUE sobre el artículo 10.2.a y b.

El pasado noviembre, el Tribunal de Luxemburgo tumbó el marco normativo de protección de datos español, que se articula sobre el principio del consentimiento. La pelota estaba encima del Supremo, que ahora resuelve. Así, la AEPD no podrá sancionar en estas cuestiones relativas al consentimiento y criterios que legitiman el tratamiento de datos y se abre el camino a que las empresas reclamen por sanciones millonarias pasadas.

Pero el Alto Tribunal no tiene competencia para declarar la nulidad efectiva de una norma con rango de ley, debe hacerlo el Parlamento. Los abogados que han diseñado la estrategia legal lo ven claro y así Antonio Creus, socio del Departamento de Derecho Comunitario y de la Competencia de Bird & Bird Madrid, y Javier Fernández-Samaniego, socio director de Bird & Bird Madrid, recuerdan que el Congreso deberá acometer una urgente reforma de la legislación española aplicable a raíz de las sentencias del Supremo y de Luxemburgo.

15 de febrero de 2012

Optimizar el sistema en Ubuntu

Acelerar la carga de las aplicaciones (Fuente Slice of Linux)

Preload es un pequeño programita(Demonio) que analiza las aplicaciones que mas usamos,y las pre-carga en memoria reduciendo asi su tiempo de carga notablemente cuando las ejecutamos.

Se nota mucho el cambio en aplicaciones lentas para cargar como Procesador de textos,Hoja de calculo,Amarok,etc.

Se puede instalar a través del Centro de Software de Ubuntu y también desde consola así:

sudo apt-get install preload

O también se puede descargar desde: http://sourceforge.net/projects/preload

Swappiness (Fuente Ubuntu es)

Por defecto, en las últimas ramas, el núcleo de Linux tiene este valor a un 60%. Esto quiere decir que se hará bastante uso de la memoria de intercambio (swap). Resulta útil si tenemos un servidor con gran carga de trabajo y poca RAM, o si compilamos frecuentemente aplicaciones muuuuy grandes. Sin embargo, en un sistema de escritorio, con varias aplicaciones pequeñas ejecutándose, podemos bajar este valor a 10 para que el núcleo use más a menudo la memoria RAM (más rápida) y recurra menos a la memoria de intercambio. Para ello, abrimos una terminal y hacemos lo siguiente:

- Consultamos el valor inicial:
sudo cat /proc/sys/vm/swappiness
Después de introducir la contraseña, nos muestra un valor de 60 (si ya nos muestra 10, no hay nada que hacer. Pasa al siguiente apartado ;)
- Probamos cómo responde el sistema al bajar el valor:
sudo sysctl -w vm.swappiness=10
Ejecutamos después un par de aplicaciones.
- Si el resultado es satisfactorio, vamos a modificar un archivo de configuración para que el cambio sea permanente:
sudo nano /etc/sysctl.conf
En la última línea añadimos: vm.swappiness=10
- Guardamos los cambios pulsando las teclas CONTROL+O y salimos pulsando CONTROL+X.

Consolas virtuales (Fuente Ubuntu hispano)

Al acceder a nuestro sistema, aparte de la pantalla de login gráfica, hay 6 consolas en modo texto (a las que se puede acceder pulsando CONTROL+ALT+(desde la tecla F1 hasta la tecla F6, la tecla F7 vuelve a acceder al sistema gráfico) ejecutándose en segundo plano. En mi caso, por ejemplo, cada una ocupa 1,5 megas de RAM. Para ahorrar memoria, pueden no activarse las 6, sino dejar sólo 1 ó 2, por si el sistema gráfico tiene algún problema.

Para desactivarlas basta con insertar # en las líneas del archivo tty*.conf que queramos desactivar. Es decir, si deseamos desactivar la consola tty6 editaremos el archivo correspondiente,

sudo nano /etc/init/tty6.conf

y añadimos el símbolo de almohadilla (#) delante de aquellas líneas que no las tengan.

Optimiza el rendimiento con fstab y noatime (Fuente GNU Linux OnLine)

Muchos ya deben conocer este pequeño pero importante secreto a la hora de optimizar el rendimiento del sistema. Por defecto, cada vez que accedes a un archivo, el sistema guarda la hora y fecha del último acceso, y esto consume recursos y agranda los tiempos de listado de los archivos dentro de una carpeta.

Esto es muy fácil de cambiar y los resultados se notan realmente, en especial en equipos con pocos recursos.

Lo primero que tenemos que hacer es abrir una terminal y ejecutar el comando:

sudo gedit /etc/fstab

Buscamos la partición que deseamos optimizar, en la que tenemos instalado nuestro sistema es el que tiene el punto de montaje /

/dev/sda1 / ext3 errors=remount-ro 0 1

En la cuarta columna agregamos la opción noatime separada por una coma, nuestro ejemplo quedaría:

/dev/sda1 / ext3 errors=remount-ro,noatime 0 1

Ahora solo guardamos y cerramos el archivo y ejecutamos el comando:

sudo mount -a

Acelerar el inicio de Ubuntu (Fuente GNU/Linux Tips)

Si a medida que pasan los meses, el tiempo de arranque del sistema ha crecido mucho. Puede ser que ureadahead haya "olvidado" hacer su trabajo. De todas maneras solucionarlo es muy simple. Para forzar un reprofile, ejecutamos en la consola:

sudo rm /var/lib/ureadahead/pack

Tras ello reiniciamos.

Al eliminar el perfil viejo, logramos que ureadahead lo rehaga desde cero. Notaremos que está trabajando porque luego de reiniciar el sistema tardará mucho más en arrancar. Luego de este reboot, el sistema volverá a iniciar bastante más rápido.

Nota: Si no usan el login automático, inicien sesión lo más rápido posible, porque ureadahead cuenta 45 segundos desde el momento que aparece la pantalla de inicio de sesión. De esta forma meterá en su perfil a nuestro escritorio.

7 de febrero de 2012

Instalar DraftSight V1R1.4 en Ubuntu 11.10/12.04 a 64 bits con tarjeta híbrida

Encontrado en Linux Aided Design:

La aplicación DraftSight ha pasado a beta 2, pero para Linux sólo está disponible de momento para la plataforma de 32 bits. Aunque está preparado para ejecutar aplicaciones de 32 bits, la única forma de instalar DS en Ubuntu 11.10 de 64bits (sin Wine) es ignorando por completo dpkg.



Los pasos necesarios son los siguientes:

  • Por supuesto instalar si no se ha hecho anteriormente las librerías para 32 bits:

    sudo apt-get install ia32-libs
  • Instala las dependencias necesarias de DraftSight:

    sudo apt-get install libdirectfb-extra sendmail
  • Extrae los contenidos de draftSight.deb. Lo más fácil es mover el archivo draftSight.deb dentro de la carpeta home (la puedes conocer también como Carpeta personal). Se hace click derecho sobre dicho archivo  draftSight.deb y se selecciona "Extraer aquí"
  • Se abre nautilus como root. Presionamos Alt+F2, y escribimos

    gksu nautilus
    nos pedirá la contraseña, la introduciremos y aceptamos.
  • Desde el nautilus en modo root, copiamos el contenido de las carpetas descomprimidas ~/draftSight/var y ~/draftSight/opt en las carpetas del sistema /var y /opt
  • Cerramos el nautilus y abrimos un terminal donde escribiremos:

    cd ~/draftSight/DEBIAN
    sudo ./preinst
    sudo ./postinst
Y ya estará instalado DraftSight y aparecerá en el menú de aplicaciones. Ahora bien, si nuestra tarjeta gráfica es una híbrida y hemos tenido que instalar Bumblebee, deberemos arrancar la aplicación con la siguiente orden desde un terminal:

optirun /opt/dassault-systemes/draftsight/bin/draftsight

Si este es tu caso, se puede hacer el arranque más cómodo y elegante si modificamos su acceso en el menú de aplicaciones, para ello pulsamos el botón de Ubuntu (tecla Super la que tiene el símbolo de Windows vaya) escribimos Main Menu y lo ejecutamos.

Buscamos la aplicación DrafSight dentro del apartado Gráficos y la editamos dándole al botón de Propiedades. Modificamos la línea de comandos para que quede así:

optirun "/opt/dassault-systemes/draftsight/bin/draftsight"

Cerramos y listo, cada vez que busquemos el icono de la aplicación arrancará sin problemas.